Desde la Secretaría de Administración Financiera y Coordinacion de Gabinete se informa que en referencia a las últimas modificaciones establecidas por el Decreto 473/23 y la RG AFIP 5417/23, se eleva el nuevo mínimo de haberes para calcular la retención y la aplicación de nuevas escalas a partir de los haberes devengados de octubre del 2023.
Considerando que en la UNMDP la base del cálculo para las retenciones y su aplicacion cuentan con un mes de diferimiento, se informa a la comunidad universitaria que las modificaciones establecidas por las mencionadas normas tendrán impacto en la liquidación de haberes del mes de noviembre 2023, donde efectivamente se practicará la retención por el período devengado octubre. Esto en razón de haber sido expresamente establecido dicho mes para la vigencia de estos cambios.
Con respecto a la liquidación de haberes octubre 2023, donde se calcula y aplica la retencion que corresponde a los haberes de septiembre 2023, rige el tratamiento habitual de retención del impuesto.